Listado de la etiqueta: ley maquila Paraguay

Ley N.° 1064 / Industria Maquiladora de Exportación (Paraguay)

 

La Ley N.° 1064 /97 “De la Industria Maquiladora de Exportación” constituye un pilar normativo fundamental para el fomento industrial y exportador en Paraguay. Este régimen legal promueve la instalación y operación de maquiladoras, facilitando procesos productivos que combinan insumos importados con mano de obra nacional con destino a la reexportación. Para empresas, inversionistas y actores del comercio internacional, el conocimiento técnico y detallado de esta ley es estratégico: un adecuado asesoramiento legal puede marcar la diferencia en la estructuración de programas de maquila, importaciones temporales, obligaciones aduaneras y régimen tributario.

Marco normativo y objeto de la Ley

El objetivo principal de la Ley N.° 1064 es incentivar el establecimiento de empresas maquiladoras en Paraguay, regulando las operaciones industriales o de servicios que utilizan insumos extranjeros importados temporalmente para transformarlos y exportar los bienes terminados o mejorados.

La maquila, según el artículo 1°, no solo abarca el ensamblaje, reparación o transformación, sino que también admite servicios orientados al cliente extranjero mediante un contrato de maquila de exportación.

Definiciones clave

Para una aplicación correcta y eficiente del régimen, la ley define varias figuras jurídicas fundamentales:

  • Maquiladora: empresa dedicada a ejecutar un programa de maquila aprobado, ya sea completamente orientada a la exportación o con capacidad ociosa.
  • Programa de maquila: plan detallado que incluye cronograma de producción, importaciones, exportaciones, generación de empleo, porcentaje de valor agregado, mermas, entre otros.
  • Contrato de maquila de exportación: acuerdo entre la maquiladora nacional y una empresa matriz extranjera, pudiendo ésta proveer insumos, tecnología, asistencia técnica, etc.
  • Importación-maquila: entrada temporal de maquinaria, insumos y otros bienes para el cumplimiento del programa, exenta de tributos de importación en ciertos casos.
  • Exportación-maquila y reexportación-maquila: salida de productos transformados al exterior (exportación) o de bienes no transformados importados bajo el régimen (reexportación).
  • Submaquila: cuando parte del proceso productivo es tercerizado a otra empresa maquiladora o no maquiladora, como complemento para luego reintegrar el producto.
  • Programa shelter: modalidad en la que empresas alambricas (“shelter”) facilitan infraestructura, tecnología y soporte técnico para que empresas extranjeras produzcan sin manejar directamente la operación.

Estructura institucional: el CNIME y el Centro Único de Trámites (CUT)

Uno de los elementos más relevantes del régimen es la creación del Consejo Nacional de las Industrias Maquiladoras de Exportación (CNIME). Este organismo tiene una función esencial como ente consultor y regulador, y está integrado por representantes del Ministerio de Industria y Comercio, Ministerio de Hacienda, Banco Central del Paraguay, Secretaría Técnica de Planificación y Ministerio de Relaciones Exteriores.

Procedimiento para la aprobación de los programas de maquila

Para acogerse al régimen, las empresas deben presentar ante el CNIME una solicitud acompañada de un programa de maquila y, preferiblemente, un contrato de maquila con la empresa extranjera correspondiente

Régimen de importaciones y exportaciones

Uno de los grandes atractivos de la Ley 1064 es la importación temporal de bienes sin el pago inmediato de tributos: las maquiladoras pueden importar insumos, materias primas, maquinaria y equipo para su programa de producción.

En cuanto a la exportación, las mercancías elaboradas bajo el programa de maquila deben salir bajo un despacho aduanero especial que incluya la leyenda “exportación-maquila” o “reexportación-maquila”, demostrando el cumplimiento de los requisitos legales.

Obligaciones de las maquiladoras

Las empresas beneficiarias del régimen deben cumplir una serie de obligaciones muy importantes:

  1. Registrar la resolución que aprueba su programa en la Dirección General de Aduanas.
  2. Proveer una garantía financiera a favor de la aduana para asegurar el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la ley.
  3. Ejecutar el programa conforme al cronograma aprobado (importación, producción, exportación), pues el incumplimiento puede derivar en la pérdida de beneficios.
  4. Capacitar al personal nacional que participará en la maquila.
  5. Notificar a las autoridades (Ministerio de Industria y Comercio y Ministerio de Hacienda) en caso de suspensión justificada de actividades, con un plazo máximo de diez días para informar.
  6. Facilitar las inspecciones de autoridades competentes y entregar información periódica al CNIME sobre importaciones, consumo, producción, exportaciones y reexportaciones.
  7. Llevar contabilidad especial y libros rubricados para registrar operaciones maquiladoras, y cumplir con obligaciones fiscales, laborales y municipales pertinentes.

Responsabilidad ambiental y gestión de residuos

La Ley 1064 contempla también un enfoque ambiental: las empresas maquiladoras deben gestionar “mermas” (insumos consumidos naturalmente) y “desperdicios” (residuos del proceso) según las normas vigentes.

Régimen tributario y fiscal

Uno de los incentivos más potentes definidos por la ley es el tributo único del 1 % sobre el valor agregado nacional para las operaciones de maquila.

Este gravamen también se aplica a los contratos de sub-maquila sobre el valor agregado, lo que constituye una carga fiscal competitiva frente a otros regímenes.

Además, la ley establece una exoneración de otros tributos nacionales, departamentales o municipales, incluidos los relacionados con la importación temporal, exportación de los bienes transformados y reexportación

Riesgos y sanciones

El régimen no está exento de riesgos para las maquiladoras: en caso de incumplimiento de sus obligaciones (cronograma, reportes, garantía aduanera, entre otros), se puede suspender temporalmente o cancelar definitivamente el programa aprobado, con la exigencia de pago de gravámenes y sanciones correspondientes.

La reincidencia es especialmente grave: si se incurre nuevamente en una falta previamente sancionada con suspensión, puede derivar en la cancelación definitiva del registro maquilador.

Importancia estratégica para inversionistas y empresas

Desde el punto de vista de inversionistas extranjeros o empresas multinacionales, la Ley 1064 ofrece un marco legal seguro y atractivo para instalar operaciones productivas en Paraguay, gracias a:

  • Un régimen aduanero favorable (importaciones temporales, exoneración de tributos).
  • Un esquema tributario competitivo (impuesto del 1 % sobre valor agregado nacional, exenciones).
  • Un sistema institucional ordenado (CNIME, CUT) para la gestión de permisos y seguimiento.
  • Flexibilidad en los modelos operativos: maquila directa, submaquila, shelter.
  • Posibilidad de exportar con beneficios similares a otros regímenes exportadores.

Sin embargo, aprovechar estos beneficios requiere una planificación legal y fiscal rigurosa, así como cumplimiento estricto de los requisitos operativos y normativos.

Pasmor Abogados, con su profundo conocimiento del derecho corporativo, fiscal e internacional, ofrece un acompañamiento integral para empresas maquiladoras, inversionistas y matrices extranjeras. Nuestro asesoramiento asegura no solo el cumplimiento normativo ante el CNIME, sino también una estructura eficiente que maximice los beneficios legales, minimice riesgos y garantice una operación sostenible y rentable bajo el régimen maquilador paraguayo.

Fuente:

Ley N.º Ley N.° 1064 /97 “De la Industria Maquiladora de Exportación

Cámara de Empresas Maquiladoras del Paraguay CNIME

Biblioteca y archivo Central del Congreso de la Nación BACON

Paraguay se ha consolidado como uno de los destinos más estables y competitivos para la inversión extranjera en América del Sur. Su bajo nivel impositivo, la estabilidad macroeconómica y una legislación abierta a capitales internacionales lo convierten en un entorno atractivo para empresas europeas que buscan expandirse en Latinoamérica.

Sin embargo, el éxito de una inversión en Paraguay depende de comprender con precisión el marco legal, fiscal y operativo del país.

Marco legal para la inversión extranjera

El marco normativo paraguayo garantiza igualdad de trato entre inversores nacionales y extranjeros. La Ley de Inversiones N.º 117/91 y la Constitución Nacional protegen la propiedad privada y la libre repatriación de utilidades.

Los principales instrumentos jurídicos que favorecen la inversión extranjera incluyen:

  • Ley de Maquila (N.º 1064/97): permite producir en Paraguay bienes o servicios destinados a la exportación con un impuesto único del 1 %.
  • Régimen de Zonas Francas: otorga exoneración de tributos y simplificación aduanera.
  • Ley de APP (Asociaciones Público-Privadas): facilita la participación privada en infraestructura, energía y servicios públicos.

Constitución de empresas y estructura societaria

Las sociedades pueden establecerse en Paraguay con rapidez y sin requerir socios locales. Las figuras más utilizadas por las empresas europeas son:

  • Sociedad Anónima (S.A.)
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)
  • Sucursal de sociedad extranjera

Cada modelo ofrece ventajas específicas en materia de responsabilidad, gobernanza y repatriación de capital. La elección de la estructura adecuada depende del tipo de actividad, volumen de inversión y plan de expansión regional.

Aspectos tributarios y aduaneros

Paraguay posee uno de los regímenes fiscales más competitivos de la región, con una carga impositiva promedio del 10 % al 15 %. Los tributos principales son el Impuesto a la Renta Empresarial (IRE), el IVA y el Impuesto a la Renta Personal.

Además, la red de tratados para evitar la doble imposición, en especial con países del Mercosur y de Europa, facilita la planificación fiscal eficiente.
Los proyectos de maquila y las zonas francas ofrecen ventajas adicionales para actividades industriales y logísticas.

Derechos laborales y migratorios

El marco laboral paraguayo establece normas claras de contratación, seguridad social y previsional. Las empresas extranjeras pueden contratar personal local o expatriado, debiendo cumplir con las regulaciones migratorias.
El país dispone de visas temporales y de residencia permanente para inversionistas y trabajadores extranjeros, lo que simplifica la movilidad y permanencia del personal europeo.

Cumplimiento ambiental y social

Paraguay exige el cumplimiento de normas ambientales y de responsabilidad social empresarial. Los proyectos deben contar con licencias y evaluaciones de impacto ambiental. Las autoridades promueven además políticas de sostenibilidad alineadas con los estándares internacionales (ESG).

El cumplimiento de estos requisitos no solo garantiza la legalidad, sino que mejora la percepción de las empresas extranjeras ante socios, comunidades y autoridades.

Contratos internacionales y resolución de disputas

Las operaciones transfronterizas suelen implicar contratos complejos. El marco jurídico paraguayo reconoce la autonomía de la voluntad de las partes y la posibilidad de someter los conflictos a arbitraje internacional.

Paraguay es miembro de la Convención de Nueva York de 1958, lo que garantiza el reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales extranjeros. Esta previsibilidad refuerza la seguridad jurídica para las empresas europeas.

Perspectiva estratégica y proyección regional

Más allá del atractivo fiscal, Paraguay ofrece una posición geográfica privilegiada y acceso libre a los mercados del Mercosur, lo que permite establecer centros logísticos y productivos con alcance regional.

El país combina un entorno económico estable, costos competitivos y una cultura empresarial favorable a la inversión. Las empresas europeas encuentran así un punto de entrada confiable a Sudamérica, con reglas claras y oportunidades de crecimiento sostenible.

Consideraciones finales

Invertir en Paraguay requiere planificación y conocimiento del entorno legal. La elección de la estructura societaria, el régimen fiscal y la estrategia contractual son decisiones que determinan el éxito del proyecto.

El marco jurídico paraguayo ofrece previsibilidad y seguridad, elementos esenciales para empresas europeas que buscan expandirse en un entorno competitivo y estable.
La combinación de incentivos fiscales, estabilidad política y apertura internacional posiciona a Paraguay como un destino estratégico para la inversión responsable y a largo plazo.