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Paraguay continúa consolidándose como un destino atractivo para la inversión regional e internacional. Sin embargo, en un entorno global marcado por mayores exigencias de transparencia, cumplimiento fiscal y control regulatorio, la seguridad jurídica ya no depende únicamente de un marco legal favorable, sino de una correcta estructuración jurídica, tributaria y corporativa desde el inicio del proyecto.

En 2026, la inversión empresarial en Paraguay exige una lectura técnica integral que combine derecho corporativo, planificación fiscal y cumplimiento normativo internacional.

Seguridad jurídica: más que estabilidad normativa

La seguridad jurídica no se limita a la existencia de leyes claras. Para empresas e inversionistas, implica:

  • Previsibilidad tributaria.
  • Estructuración societaria adecuada.
  • Protección patrimonial.
  • Mitigación de riesgos regulatorios.
  • Coherencia entre normativa local e internacional.

En este sentido, Paraguay ofrece un marco atractivo, pero la diferencia entre una inversión sólida y una exposición innecesaria al riesgo está en el diseño previo.

Estructuración societaria estratégica

Uno de los primeros errores habituales es constituir sociedades sin analizar previamente:

  • El perfil del inversionista.
  • La jurisdicción de origen del capital.
  • Los tratados internacionales aplicables.
  • La proyección de distribución de utilidades.

La correcta elección entre sociedades anónimas, sociedades por acciones simplificadas u otras estructuras no es una decisión meramente formal, sino estratégica.

Una estructura mal diseñada puede generar ineficiencia fiscal o contingencias futuras ante la administración tributaria.

Planificación tributaria: cumplimiento y eficiencia

El sistema paraguayo ofrece ventajas competitivas, pero también exige coherencia técnica. La planificación tributaria no consiste en reducir impuestos sin fundamento, sino en diseñar estructuras consistentes con la actividad real del contribuyente.

En este contexto, resultan clave:

  • Impuesto a la Renta Empresarial (IRE).
  • Régimen de dividendos y utilidades.
  • Precios de transferencia.
  • Convenios para evitar la doble imposición.
  • Interacción con normativas del país de origen del inversor.

Disponen de más información de este análisis en nuestro artículo sobre Incentivos fiscales y planificación corporativa en Paraguay.

Inversión extranjera y control regulatorio

El ingreso de capital extranjero exige evaluar:

  • Regulación cambiaria.
  • Registro de inversión.
  • Normativa antilavado.
  • Requisitos sectoriales específicos.

La trazabilidad del capital y la transparencia de la estructura son elementos cada vez más relevantes, especialmente tras la mejora del perfil de riesgo país.

Sobre este punto puede consultarse nuestro análisis institucional sobre Grado de inversión y desafíos fiscales.

Protección patrimonial y responsabilidad de administradores

En proyectos empresariales de mediano y gran porte, la protección patrimonial es un componente esencial. Esto implica:

  • Definir correctamente responsabilidades societarias.
  • Establecer acuerdos de accionistas.
  • Diseñar mecanismos de resolución de conflictos.
  • Evaluar estructuras holding cuando corresponda.

Una inversión bien estructurada no solo optimiza resultados fiscales, sino que reduce exposición personal y corporativa.

Enfoque integral: derecho corporativo + tributario + internacional

La práctica demuestra que los mayores riesgos no surgen por desconocimiento de la ley, sino por la falta de coordinación entre áreas jurídicas.

Una inversión empresarial sólida en Paraguay en 2026 requiere un enfoque integrado que combine:

Esta visión integral permite anticipar contingencias y fortalecer la posición del inversor frente a eventuales fiscalizaciones o cambios regulatorios.

Paraguay ofrece oportunidades relevantes para la inversión empresarial. Sin embargo, el entorno actual exige mayor sofisticación técnica y planificación estratégica.

La seguridad jurídica efectiva no depende únicamente del marco legal, sino de cómo se estructura cada decisión empresarial desde el inicio.

En un escenario donde la administración tributaria avanza hacia mayores controles y la transparencia internacional es cada vez más exigente, la planificación preventiva se convierte en un elemento diferenciador clave.

La reciente reglamentación de la Ley de Alianza Público-Privada (APP/PPP) mediante el Decreto N.º 5441/2026, que desarrolla la Ley N.º 7452/2025, introduce precisiones relevantes en el marco jurídico aplicable a los proyectos de infraestructura y servicios estratégicos en Paraguay.

Este nuevo escenario normativo no debe interpretarse únicamente como un ajuste técnico. Se trata de una actualización estructural que impacta en la seguridad jurídica, la asignación de riesgos contractuales, la estructuración financiera de proyectos y la participación de inversores nacionales e internacionales.

En un contexto en el que Paraguay consolida su posicionamiento regional como destino de inversión, el análisis de este marco resulta fundamental para empresas constructoras, desarrolladores, fondos de inversión, estructuradores financieros y actores del comercio internacional.

1. Marco normativo actual de las Alianzas Público-Privadas

El régimen de Alianza Público-Privada (PPP) en Paraguay se configura como un mecanismo de colaboración entre el Estado y el sector privado para el desarrollo de obras de infraestructura, prestación de servicios públicos y ejecución de proyectos estratégicos.

La Ley N.º 7452/2025 actualiza el modelo previo e introduce ajustes en materia de:

  • Estructuración contractual
  • Distribución de riesgos
  • Evaluación económica y financiera
  • Mecanismos de control y supervisión
  • Transparencia y sostenibilidad fiscal

El Decreto N.º 5441/2026 reglamenta operativamente estos aspectos, definiendo procedimientos, criterios técnicos y exigencias formales que deberán observarse en futuras licitaciones y proyectos.

2. Aspectos jurídicos estratégicos de la nueva reglamentación

a) Asignación y mitigación de riesgos

Uno de los elementos centrales del régimen PPP es la adecuada asignación de riesgos entre el sector público y el privado. La reglamentación enfatiza criterios de distribución objetiva, procurando evitar traslados desproporcionados que afecten la bancabilidad del proyecto.

Desde una perspectiva jurídica, esto implica revisar cuidadosamente:

  • Riesgo de demanda
  • Riesgo regulatorio
  • Riesgo cambiario
  • Riesgo de fuerza mayor
  • Cláusulas de reequilibrio económico-financiero

La correcta estructuración contractual será determinante para evitar contingencias futuras y eventuales controversias.

b) Impacto en la estructuración financiera

El decreto introduce lineamientos que inciden en la modelización financiera de los proyectos. Esto afecta directamente la participación de bancos, organismos multilaterales y fondos de inversión.

La claridad normativa en este punto contribuye a fortalecer la percepción de estabilidad regulatoria, elemento esencial en proyectos de largo plazo.

c) Sostenibilidad fiscal y control presupuestario

En línea con las exigencias derivadas del posicionamiento internacional de Paraguay, la reglamentación incorpora mayores exigencias en materia de análisis de impacto fiscal.

Esto busca asegurar que los compromisos asumidos en contratos PPP sean compatibles con la disciplina fiscal y la sostenibilidad macroeconómica.

3. Implicancias para inversores y empresas

Para el sector privado, el nuevo marco representa tanto oportunidades como desafíos.

Oportunidades

  • Mayor previsibilidad en proyectos de infraestructura
  • Claridad en procedimientos de adjudicación
  • Fortalecimiento institucional del esquema PPP
  • Potencial expansión en sectores estratégicos (energía, logística, transporte)

Desafíos

  • Mayor exigencia técnica en la preparación de ofertas
  • Necesidad de análisis jurídico integral previo
  • Revisión exhaustiva de cláusulas contractuales
  • Evaluación de riesgos regulatorios y fiscales

En este contexto, la planificación corporativa y contractual adquiere un rol central.

4. Vinculación con el entorno de inversión en Paraguay

La modernización del régimen PPP se integra en un escenario más amplio de fortalecimiento institucional.

En particular, debe analizarse en conjunto con:

El análisis integral de estos factores permite evaluar adecuadamente la conveniencia y viabilidad de proyectos de inversión estructurados bajo el régimen PPP.

5. Prevención de controversias y mecanismos de resolución

La experiencia comparada demuestra que los contratos PPP suelen involucrar disputas complejas derivadas de:

  • Interpretación contractual
  • Modificaciones regulatorias
  • Reequilibrio económico
  • Incumplimientos parciales

En este sentido, resulta relevante considerar la interacción con la nueva Ley de Arbitraje y los mecanismos alternativos de resolución de controversias vigentes en Paraguay.

La correcta redacción contractual y la anticipación de escenarios de conflicto constituyen herramientas esenciales de gestión de riesgo jurídico.

6. Consideraciones finales

La reglamentación de la Ley de Alianza Público-Privada mediante el Decreto N.º 5441/2026 consolida un marco normativo más detallado y técnicamente estructurado para el desarrollo de proyectos estratégicos en Paraguay.

Para los actores del sector privado, este nuevo esquema exige un análisis jurídico integral que contemple no solo el texto normativo, sino también su impacto en materia fiscal, contractual y financiera.

La combinación de infraestructura, inversión extranjera, estabilidad regulatoria y disciplina fiscal posiciona al régimen PPP como una herramienta relevante dentro del ecosistema de inversión del país, siempre que se gestione adecuadamente el riesgo y la planificación estratégica.

Desde una perspectiva institucional, la evolución del régimen APP constituye un indicador del proceso de modernización normativa y fortalecimiento del entorno jurídico paraguayo.

La reciente obtención del grado de inversión por parte de Paraguay representa un avance significativo en su posicionamiento frente a los mercados financieros internacionales. Este reconocimiento, otorgado por agencias calificadoras, constituye un indicador de estabilidad macroeconómica y de menores riesgos percibidos para los inversores institucionales.

Sin embargo, el mantenimiento de este estatus exige no sólo indicadores macroeconómicos sólidos, sino también un marco fiscal, regulatorio y jurídico que responda a las expectativas de sostenibilidad, previsibilidad y cumplimiento para las empresas, grandes patrimonios y capitales extranjeros.

El significado económico y jurídico del grado de inversión

El grado de inversión se reconoce cuando una economía alcanza niveles de riesgo moderado que permiten a los inversores institucionales (fondos de pensiones, aseguradoras, bancos internacionales) ampliar su exposición al mercado sin incurrir en riesgos excesivos. Este reconocimiento impacta en:

  • Costos de financiamiento: mayor acceso a crédito con tasas más competitivas.
  • Confianza inversora: mejora en la percepción de seguridad jurídica.
  • Inversión extranjera directa: aumento de proyectos de mediano y largo plazo.

Desde la perspectiva jurídica, este estatus requiere una atención constante sobre la sostenibilidad de la política fiscal, la claridad normativa y la consistencia en la aplicación de normas tributarias y regulatorias.

Desafíos fiscales en un contexto de mayor escrutinio

Aunque Paraguay mantiene niveles de presión fiscal moderados en comparación con sus pares regionales, la consolidación del grado de inversión implica un escrutinio más riguroso sobre:

  • Eficiencia y previsibilidad de las normas tributarias.
  • Capacidad de recaudación sin distorsión económica.
  • Control de la informalidad y evasión fiscal.

Estos elementos requieren una evaluación jurídica continua de las estructuras impositivas, especialmente en el Impuesto a la Renta Empresarial y el Impuesto a la Renta Personal, así como de los mecanismos de fiscalización digital implementados por la DNIT.

La eficiencia fiscal se traduce también en mecanismos más precisos de determinación de la base imponible, así como en la modernización de procedimientos y adecuación normativa para evitar contingencias que puedan erosionar la confianza inversora.

Marco regulatorio y sostenibilidad institucional

El grado de inversión no sólo valora la situación fiscal, sino también la estabilidad normativa y la certidumbre para las inversiones. En este sentido, Paraguay enfrenta desafíos regulatorios asociados a:

  • Coherencia normativa: aseguramiento de que las leyes y reglamentos sean consistentes y predecibles.
  • Seguridad jurídica en contratos y concesiones: especialmente en sectores estratégicos como infraestructura y energía.
  • Regulación del arbitraje y solución de conflictos: con especial atención a la reciente Ley de Arbitraje y sus efectos sobre mecanismos alternativos de resolución de disputas.

La función de un marco regulatorio estable no se limita a la atracción de capital, sino a la permanencia de inversiones de largo plazo, evitando cambios inesperados que puedan afectar la estructura de proyectos en marcha.

Riesgos y oportunidades para las empresas

El grado de inversión abre oportunidades para las empresas, pero también exige culturales y estructurales de cumplimiento que deben ser analizados con detalle jurídico. Entre los principales riesgos se encuentran:

  • Contingencias tributarias no previstas, derivadas de interpretaciones divergentes de las normas tributarias.
  • Riesgos regulatorios en sectores que requieren autorizaciones o concesiones, donde la previsibilidad es clave.
  • Inconsistencias en procesos administrativos que pueden generar retrasos y disputas.

No obstante, estos riesgos pueden transformarse en oportunidades si se integran políticas de compliance tributario y regulatorio, así como estrategias de planeación corporativa que consideren tanto la normativa interna como los compromisos internacionales.

Impacto en inversiones y mercados financieros

El contexto de menor percepción de riesgo genera beneficios indirectos en términos de:

  • Acceso a instrumentos de deuda más competitivos.
  • Mejor calificación de proyectos ante instituciones financieras internacionales.
  • Mayor facilidad para estructurar financiamientos de largo plazo.

Sin embargo, estos beneficios requieren un acompañamiento jurídico-financiero robusto que contemple los matices fiscales, cambiarios y regulatorios pertinentes para cada sector económico.

Consideraciones de mediano plazo

Mirando hacia el mediano plazo, Paraguay enfrenta el desafío de mantener equilibrio entre:

  • Estabilidad fiscal y necesidades de recaudación.
  • Facilidad operativa para empresas e inversores.
  • Adaptación a nuevas tendencias de transparencia y reporting internacional.

El cumplimiento de estas exigencias jurídicas se vuelve un factor determinante para sostener el grado de inversión y consolidar la posición del país como destino atractivo para capitales de largo plazo.

Conclusión

La obtención del grado de inversión por parte de Paraguay constituye un hito que reafirma la estabilidad macroeconómica y la confianza de los mercados. Sin embargo, este reconocimiento no es un punto de llegada, sino el inicio de un proceso de consolidación institucional que exige:

  • Mayor rigor fiscal y predictibilidad normativa.
  • Políticas regulatorias estables y coherentes.
  • Mecanismos robustos de compliance y gestión de riesgos.

Para las empresas e inversores, entender el impacto jurídico de este cambio, así como sus implicancias fiscales y regulatorias, es esencial para operar con seguridad y proyectar sus decisiones en un contexto de largo plazo.

En un escenario regional marcado por reformas fiscales estructurales, incremento de impuestos directos y una fiscalización cada vez más intensiva, Paraguay mantiene un posicionamiento diferenciado en materia tributaria y corporativa. Este contexto ha llevado a numerosas empresas e inversores a analizar con mayor detenimiento las oportunidades que ofrece el país para estructurar operaciones de forma eficiente, sostenible y jurídicamente segura.

El presente artículo analiza los incentivos fiscales vigentes en Paraguay y su correcta integración dentro de una planificación corporativa moderna, considerando las reformas implementadas en países vecinos, especialmente en el ámbito del Mercosur.

El contexto regional: reformas fiscales y presión tributaria creciente

Durante los últimos años, varios países de la región han avanzado en procesos de reforma tributaria orientados a aumentar la recaudación, ampliando la base imponible y elevando la carga fiscal sobre empresas y patrimonios.

Estas reformas se han traducido, en términos generales, en:

  • Aumento de impuestos directos.
  • Mayores exigencias de transparencia fiscal.
  • Fiscalización digital intensiva.
  • Restricciones a esquemas de planificación agresiva.

En este contexto, la planificación corporativa regional exige hoy un enfoque más técnico, coherente y alineado con la normativa vigente.

Más información: Paraguay 2025: La nueva frontera del cumplimiento tributario. Análisis estratégico de la Ley N° 6380/2019 y la Fiscalización Digital

El sistema tributario paraguayo como factor de competitividad

Paraguay conserva un sistema tributario simple, estable y competitivo, basado en principios de moderación fiscal y previsibilidad normativa. Este enfoque ha sido clave para atraer inversión productiva y estructuras corporativas regionales.

Entre sus principales características se destacan:

  • Impuestos directos con tasas moderadas
  • Reglas claras en materia de determinación de la renta
  • Baja presión fiscal comparada en el ámbito regional
  • Seguridad jurídica en la aplicación de la normativa

Impuesto a la Renta Empresarial (IRE)

El Impuesto a la Renta Empresarial constituye el eje central de la tributación corporativa en Paraguay. Su estructura permite una correcta planificación de operaciones locales e internacionales, siempre que exista sustancia económica y coherencia entre la forma jurídica y la realidad económica.

Incentivos fiscales relevantes para la planificación corporativa

Paraguay ofrece diversos regímenes de incentivo que, correctamente integrados dentro de una estructura corporativa, permiten optimizar la carga fiscal sin comprometer el cumplimiento normativo.

Régimen de Maquila

El Régimen de Maquila se ha consolidado como uno de los instrumentos más atractivos para empresas orientadas a la exportación. Permite desarrollar procesos productivos en Paraguay con una carga fiscal reducida, siempre que se cumplan los requisitos legales y operativos establecidos.

Incentivos a la inversión productiva

La normativa paraguaya contempla beneficios fiscales destinados a fomentar la industrialización, la generación de empleo y la incorporación de valor agregado. Estos incentivos deben ser analizados caso por caso, considerando el tipo de actividad y la estructura societaria utilizada.

Si lo desea puede leer el siguiente artículo: Paraguay y la inversión extranjera: seguridad jurídica, incentivos fiscales y tratados vigentes en 2026

Planificación corporativa: coherencia, sustancia y cumplimiento

La planificación corporativa en Paraguay debe concebirse como un proceso integral que combine eficiencia fiscal, cumplimiento normativo y alineación con estándares internacionales.

En el contexto actual, adquieren especial relevancia los siguientes aspectos:

  • Coherencia entre estructura societaria y operación real.
  • Documentación adecuada de operaciones intragrupo.
  • Evaluación del impacto tributario y aduanero.
  • Gestión preventiva del riesgo fiscal.

La ausencia de estos elementos puede derivar en contingencias significativas ante procesos de fiscalización.

Interacción con el compliance tributario y aduanero

La creciente digitalización de los sistemas de control, especialmente por parte de la DNIT, exige que la planificación corporativa se encuentre respaldada por políticas de compliance tributario y aduanero.

Este enfoque integrado permite identificar riesgos, corregir inconsistencias y anticipar contingencias, tal como se desarrolla en los siguientes artículos relacionados:

Paraguay frente a las reformas fiscales regionales

Mientras otros países del Mercosur avanzan hacia esquemas de mayor presión fiscal, Paraguay mantiene una política orientada a la estabilidad y a la atracción de inversión. Esta diferencia posiciona al país como una jurisdicción estratégica para la estructuración de operaciones regionales, siempre que se respeten los principios de legalidad y transparencia.

La correcta utilización de los incentivos fiscales paraguayos no debe entenderse como una ventaja aislada, sino como parte de una estrategia corporativa integral y sostenible.

El análisis y estructuración de estos esquemas requiere un abordaje integral desde el Derecho Tributario y Fiscal, especialmente en contextos de planificación corporativa y cumplimiento normativo regional.

 

Los incentivos fiscales y el sistema tributario paraguayo continúan siendo un factor clave de competitividad frente a las reformas regionales. No obstante, su aprovechamiento efectivo exige una planificación corporativa técnicamente sólida, alineada con el cumplimiento normativo y sustentada en una adecuada evaluación del riesgo fiscal.

En un entorno de creciente fiscalización y cooperación internacional, la previsibilidad jurídica y la coherencia estructural se consolidan como elementos esenciales para la sostenibilidad de las inversiones y las operaciones empresariales en Paraguay.

Referencias

  • Normativa tributaria vigente de la República del Paraguay
  • Ley de Maquila y disposiciones reglamentarias
  • Estándares regionales de fiscalización y compliance

El 23 de diciembre de 2025, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley N.° 7561/2025 de Arbitraje, que reemplaza de manera integral el régimen arbitral vigente desde la Ley N.º 1879/2002 y representa un hito en la modernización de los mecanismos de resolución de disputas en Paraguay.

La nueva normativa responde a la necesidad de alinear el ordenamiento jurídico local con las mejores prácticas internacionales, consolidar la autonomía de la voluntad de las partes y ofrecer mayor certeza jurídica a los actores nacionales e internacionales que operan en el país.

Contexto y antecedentes

Durante más de dos décadas, el arbitraje en Paraguay estuvo regido por la Ley N.° 1879/2002 “De Arbitraje y Mediación”, cuya aplicación garantizaba la posibilidad de resolver controversias fuera de los tribunales ordinarios en casos patrimoniales y transigibles.

Con la promulgación de la nueva Ley N.° 7561/2025, se consolida la política legislativa pro-arbitraje, incorporando prácticas avanzadas de derecho comparado y adaptando el marco normativo a las necesidades actuales del comercio y la inversión.

Ámbito de aplicación y principios rectores

La Ley N.° 7561/2025 regula el arbitraje tanto en el ámbito nacional como en el internacional siempre que el lugar del arbitraje esté en Paraguay. El texto establece con claridad los criterios sobre la arbitrabilidad de las controversias y los principios que rigen la materia.

Entre los principios incorporados destaca el principio favor arbitri, que obliga a interpretar las disposiciones de la ley en favor de la eficacia del procedimiento arbitral, favoreciendo su validez y ejecución siempre que no existan causalidades expresamente prohibidas por el marco legal.

Principales novedades introducidas por la Ley N.º 7561/2025

1. Ampliación de materias arbitrables

La nueva Ley reconoce expresamente como arbitrables diversas materias que antes eran objeto de debates doctrinales o judiciales, incluyendo:

  • Controversias patrimoniales transigibles que históricamente se aceptaban en arbitraje.
  • Disputas ligadas a relaciones sucesorias, como inventario, avalúo, administración y partición de la masa hereditaria.
  • Controversias vinculadas con deportistas profesionales, materia que ahora cuenta con reconocimiento explícito.

Estos cambios amplían el campo de aplicación del arbitraje y proporcionan una mayor certeza sobre su uso en diferentes contextos contractuales y comerciales.

2. Reforzamiento del principio de no intervención judicial

Se consagra expresamente el principio de no intervención judicial, que limita la injerencia de los tribunales ordinarios en los procesos arbitrales. Los jueces no pueden suspender ni interferir en el arbitraje salvo que el convenio arbitral sea claramente nulo, ineficaz o irrealizable.

Esta disposición fortalece la autonomía del tribunal arbitral y asegura que el arbitraje funcione como una alternativa efectiva a la jurisdicción estatal.

3. Extensión del convenio arbitral a no signatarios

La ley regula de forma innovadora la posibilidad de extender el convenio arbitral a terceros no signatarios, en situaciones excepcionales donde la participación activa del tercero en el contrato o su beneficio derivado de las obligaciones contractuales justifican esa extensión.

Esta figura responde a una práctica doctrinal y jurisprudencial internacional que busca evitar la fragmentación de controversias relacionadas entre partes que no firmaron directamente un acuerdo de arbitraje.

4. Medidas cautelares arbitrales

El régimen de medidas cautelares se moderniza adoptando elementos de la Ley Modelo de la CNUDMI (2006), permitiendo, entre otras cosas:

  • La solicitud y dictado de medidas cautelares inaudita parte en situaciones de urgencia.
  • La posibilidad de que el tribunal arbitral proponga o ejecute medidas para asegurar la efectividad del proceso arbitral.

Este desarrollo brinda a los arbitrajes paraguayos herramientas de eficacia equiparables a las de las jurisdicciones más avanzadas.

5. Nulidad y control de laudos arbitrales

La ley sustituye el concepto de “recurso” por el de acción de anulación, con causales taxativas y de interpretación restrictiva. Además, define que cualquier intervención judicial indebida será considerada mal desempeño de funciones.

Este enfoque restrictivo proporciona mayor estabilidad a los laudos arbitrales y reduce la posibilidad de revisiones judiciales que alteren el fondo de los casos.

6. Reconocimiento y ejecución de laudos

Los laudos dictados en Paraguay quedan equiparados a sentencias judiciales locales en cuanto a su ejecución interna, eliminando la fase de reconocimiento para su ejecución. Para laudos extranjeros, se redefine la competencia judicial y limita el análisis de orden público únicamente a los argumentos aportados por la parte interesada.

Impacto jurídico y práctico

La entrada en vigencia de la Ley N.º 7561/2025 representa un avance significativo en la materia. La normativa brinda:

  • Mayor certeza jurídica sobre qué controversias son arbitrables y cómo deben tramitarse.
  • Reducción de incertidumbres derivadas de la intervención judicial excesiva.
  • Herramientas modernas para garantizar la eficacia de las medidas cautelares y la ejecución de laudos.
  • Mayor atractivo para inversores y actores internacionales que valoran la predictibilidad del arbitraje.

Estas herramientas permiten a empresarios, prestadores de servicios y partes en contratos complejos contar con un sistema de resolución de conflictos ágil, eficiente y respetuoso de los estándares internacionales.

En resumen

La Ley N.º 7561/2025 de Arbitraje constituye un paso decisivo hacia la consolidación de Paraguay como un destino seguro para la resolución alternativa de controversias, tanto en el ámbito nacional como internacional.

A través de su estructura moderna, principios claros y enfoques alineados con el derecho comparado, la nueva normativa fortalece la seguridad jurídica, amplía la arbitrabilidad y moderniza los mecanismos de ejecución y control de laudos arbitrales.

 

Este nuevo marco posiciona a Paraguay de manera competitiva en el contexto regional y global, permitiendo que el arbitraje sea una herramienta confiable para resolver disputas con eficiencia y previsibilidad.

 

Referencias: Promulgación de la Ley N.° 7561/2025 de Arbitraje en Paraguay; noticias del Poder Judicial y Presidencia de la República sobre la normativa y su impacto.

Entra en vigor la Ley N.° 7561/2025 que regula el arbitraje en Paraguay

Publicación en la web oficial de la Presidencia de la República del Paraguay

Fotografía: Presidencia de la República del Paraguay