En el contexto del derecho paraguayo, el fideicomiso se erige como un instrumento jurídico esencial para la planificación patrimonial, la garantía de obligaciones y la inversión estratégica. Regulado por la Ley Nº 921/96 de Negocios Fiduciarios, este mecanismo permite la transmisión de bienes a un fiduciario autorizado –como bancos o sociedades fiduciarias– para su administración o enajenación en beneficio del fideicomitente o terceros.

Pese a su crecimiento sostenido –con 1.771 operaciones registradas en 2019, un incremento del 24% respecto al año anterior y activos por 14.812 millones de guaraníes, equivalentes al 10% del sistema financiero– el mercado fiduciario paraguayo continúa subutilizado y, en la práctica profesional, suelen observarse deficiencias en su estructuración.

Diversos operadores jurídicos y financieros señalan que una proporción relevante de los fideicomisos que llegan a revisión profesional presenta fallos que comprometen su eficacia, generan riesgos fiscales o exponen a las partes a controversias. Este artículo analiza las causas más recurrentes, con base en la normativa vigente, buenas prácticas y la experiencia profesional de nuestro equipo. En Pasmor Abogados, con nuestra expertise en derecho tributario, corporativo y sucesoral, hemos asesorado a empresas e inversionistas en la optimización de estos vehículos, asegurando cumplimiento normativo y protección patrimonial.

Las causas principales de la mala estructuración de los fideicomisos

La Ley Nº 921/96 establece requisitos estrictos para la validez del fideicomiso, incluyendo la formación de un patrimonio autónomo, la transferencia efectiva de bienes y la designación de un fiduciario calificado. Sin embargo, revisiones de contratos fiduciarios realizadas en la práctica y observaciones sectoriales muestran patrones de errores comunes que pueden derivar en controversias, ineficiencias o incluso nulidades parciales.

A continuación, se exponen los errores más frecuentes, basados en doctrina jurídica, práctica profesional y las exigencias regulatorias aplicables.

1. Redacción ambigua o deficiente del contrato fiduciario

Un error habitual radica en la falta de precisión en las cláusulas que definen los objetivos, plazos y obligaciones. La normativa exige una descripción clara de los bienes fideicomitidos y su tradición efectiva, pero en la práctica se observan omisiones que terminan generando interpretaciones conflictivas o cuestionamientos por parte de terceros (artículo 15 de la Ley Nº 921/96).

La jurisprudencia paraguaya en materia fiduciaria no publica estadísticas oficiales consolidadas, pero múltiples litigios revisados por equipos legales –incluyendo el nuestro– tienen como origen redacciones imprecisas o contradicciones internas del contrato.

2. Designación inadecuada del fiduciario

Solo entidades autorizadas por la Superintendencia de Bancos y reguladas por el Banco Central del Paraguay pueden actuar como fiduciarios. La designación de un sujeto no habilitado, o la inclusión de cláusulas que pretendan limitar indebidamente sus deberes esenciales, genera riesgos considerables y puede comprometer la validez del acto.

Además, un fiduciario no calificado expone los bienes a ejecuciones indebidas o a reclamos de acreedores, contrariando la naturaleza de patrimonio separado.

3. Omisión de contingencias y riesgos fiscales

Un número significativo de fideicomisos en Paraguay no incorpora previsiones adecuadas para escenarios imprevistos, como fluctuaciones económicas, insolvencias de las partes o requerimientos tributarios.

La falta de alineación con las obligaciones tributarias aplicables puede generar contingencias fiscales inesperadas, especialmente en fideicomisos de garantía o inmobiliarios. Estos riesgos no se deben a una norma específica, sino a interpretaciones que la administración tributaria puede realizar si la documentación no respalda adecuadamente la naturaleza del acto.

4. Falta de mecanismos de control frente a negligencia o abuso fiduciario

Aunque el fiduciario tiene deberes estrictos de lealtad, diligencia y conservación de bienes (artículo 6 de la Ley 921/96), en la práctica se constatan casos en los que no se establecen mecanismos de supervisión adecuados. La ausencia de auditorías, reportes periódicos o estándares claros de actuación aumenta la exposición a errores operativos o decisiones poco transparentes.

Este tipo de situaciones, aun no siendo la regla general, sí aparecen con frecuencia en revisiones internas y reestructuraciones en las que hemos intervenido.

Cómo estructurar un fideicomiso correctamente: Mejores prácticas

Para maximizar los beneficios del fideicomiso –como la protección patrimonial autónoma y la eficiencia en garantías– es esencial adoptar un enfoque riguroso y completamente alineado con la regulación vigente. Con base en nuestra experiencia y la legislación aplicable, recomendamos:

1. Elaboración de un contrato preciso y exhaustivo

Debe incluir:

  • definiciones claras de partes, bienes y roles;
  • descripción detallada de la tradición o transferencia de bienes;
  • objetivos verificables;
  • mecanismos de resolución de disputas;
  • cláusulas de salida y contingencias alineadas al Código Civil.

Un contrato sólido previene interpretaciones ambiguas y reduce significativamente el riesgo de litigios.

2. Selección de un fiduciario autorizado y supervisado

Recomendamos optar por entidades reguladas por el BCP con experiencia comprobada en el tipo de fideicomiso a implementar.

Asimismo, es aconsejable:

  • establecer auditorías semestrales,
  • exigir reportes de gestión,
  • definir estándares mínimos de desempeño.

3. Integración de aspectos fiscales y regulatorios

Es fundamental coordinar con especialistas tributarios para asegurar:

  • correcta documentación del origen y destino de los bienes;
  • adecuada identificación de hechos generadores;
  • cumplimiento de requerimientos de la administración tributaria;
  • alineación con normas de prevención de lavado de activos (Ley Nº 1015/97).

En fideicomisos inmobiliarios o de inversión, prever estos elementos reduce significativamente el riesgo de contingencias fiscales o regulatorias.

4. Incorporación de salvaguardas y monitoreo continuo

Una estructura sólida debe incluir:

  • penalidades por incumplimiento fiduciario,
  • mecanismos de supervisión externa,
  • derechos de revocación o sustitución del fiduciario,
  • reportes periódicos y transparentes,
  • estándares operativos que cumplan con el Reglamento de Operaciones Fiduciarias.

Siguiendo estas prácticas, los fideicomisos no solo evitan conflictos, sino que pueden potenciar el crecimiento del patrimonio administrado. En 2019, por ejemplo, los fideicomisos de administración e inmobiliarios crecieron un 2,5%, mientras que la titularización lo hizo en un 37,08%.

El rol de Pasmor Abogados en la estructuración óptima de fideicomisos

En Pasmor Abogados, nuestro equipo multidisciplinario –con más de una década de experiencia en derecho corporativo, tributario e internacional– ha guiado reestructuraciones patrimoniales para empresas, multinacionales y clientes de alto patrimonio, asegurando fideicomisos resilientes y eficientes.

Nuestros servicios incluyen:

  • auditorías previas de estructuras fiduciarias,
  • redacción contractual de alto estándar,
  • representación ante organismos como el BCP y la DNIT,
  • diseño de estructuras que optimizan cargas fiscales dentro de los márgenes que permite la normativa vigente.

Nuestra experiencia nos permite identificar fallos antes de que generen contingencias, siempre con un alto estándar de confidencialidad y resultados concretos.

Los fideicomisos representan una oportunidad estratégica en Paraguay, pero su potencial puede verse limitado por estructuras deficientes que generan riesgos innecesarios. Al priorizar precisión normativa, transparencia y supervisión profesional, empresas y familias pueden blindar su patrimonio frente a incertidumbres.

Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento legal. Consúltenos para casos específicos.

Referencias legales y estadísticas

  • Ley 921/96 de Negocios Fiduciarios, Congreso de la Nación Paraguaya.
  • Banco Central del Paraguay – “Operaciones de fideicomiso siguen en crecimiento”, informe estadístico 2019.
  • Superintendencia de Bancos – listado de entidades habilitadas como fiduciarias (2019).

El entorno tributario mundial y local exige que las empresas y los particulares adopten una aproximación preventiva, técnica y documentada al cumplimiento fiscal. Paraguay, durante 2024–2025, aceleró procesos de modernización administrativa y digitalización que elevan el estándar de exigencia para los contribuyentes. Las decisiones que se tomen hoy en materia de planificación y compliance determinarán la solvencia jurídica y la resiliencia fiscal de las organizaciones en 2026.

En lo local, la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) ha registrado un crecimiento relevante en la recaudación en 2025, lo que refleja una intensificación del control y la fiscalización tributaria.

A continuación se expone una guía práctica, basada en normativa vigente y buenas prácticas internacionales, dirigida a responsables legales, financieros y de cumplimiento que buscan operar con seguridad jurídica en Paraguay y en entornos transfronterizos.

Marco normativo y operativo clave

La creación de la DNIT mediante la Ley N.º 7143/2023 reorganizó las competencias tributarias y orientó a la administración hacia una gestión integrada y tecnológicamente apoyada. Esta reestructuración es un elemento central para comprender las actuaciones administrativas actuales.

La Ley N.º 6380/2019 introdujo el Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) y reformas estructurales que afectan la determinación de la base imponible y los criterios de deducibilidad; todo plan de cumplimiento debe partir de un entendimiento impecable de sus disposiciones.

La DNIT impulsa la emisión y control de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) mediante el Sistema e-Kuatia’í, que facilita la trazabilidad y potencia la fiscalización electrónica. El correcto uso y archivo de los DTE es hoy un pilar del cumplimiento.

A nivel internacional, herramientas como el Crypto-Asset Reporting Framework (CARF) de la OCDE y las guías sobre precios de transferencia sitúan a la información y la documentación como elementos esenciales para la fiscalidad internacional; las administraciones cuentan con más y mejores medios para el intercambio y el cruce de datos.

Estas referencias normativas y operativas configuran el marco sobre el que debe diseñarse cualquier programa de compliance tributario y planificación internacional.

Buenas prácticas operativas, checklist esencial

 

Diagnóstico documental exhaustivo

Inventario y archivo ordenado de contratos, facturas electrónicas (DTE), comprobantes de pago, registros de importación/exportación y acuerdos intercompany.
Verificación de que los DTE se emitieron por plataformas autorizadas (e-Kuatia’í u otras homologadas).

Mapeo de riesgos y matriz de control

Identificación de áreas de mayor exposición: operaciones con partes vinculadas, uso de regímenes especiales (Maquila, Zona Franca), IVA en cadena de suministro, incidencias cambiarias y transacciones internacionales.
Evaluación del impacto financiero y reputacional de cada riesgo.

Documentación de sustancia económica (business purpose)

Para operaciones transfronterizas, debe existir evidencia objetiva de la sustancia: presencia operativa, decisiones comerciales registradas, asignación de funciones y recursos. Esto es esencial frente a la aplicación de principios antielusión.

Política de precios de transferencia y soporte técnico

Preparar y mantener el estudio maestro y los estudios locales cuando procedan; registrar ajustes y criterios utilizados en la determinación de precios entre vinculadas. La DNIT exige formatos y guías técnicas específicas para la presentación.

Automatización y registros electrónicos

Integrar sistemas contables con la emisión y recepción de DTE; asegurar integridad de datos, respaldos y trazabilidad para auditorías remotas. El uso sistemático de e-Kuatia’í minimiza inconsistencias técnicas.

Política documental frente a fiscalizaciones

Procedimientos internos de respuesta a requerimientos: plazos, responsables, custodia de información y comunicaciones con asesores externos. La proactividad y la transparencia reducen tiempo de resolución y riesgos de sanción.

Revisión periódica y auditoría interna

Programar revisiones anuales (o semestrales según riesgo) de las áreas fiscales críticas y simular inspecciones para medir la capacidad de respuesta.

Consideraciones específicas para planificación internacional

Estructuras con regímenes preferenciales: analice la relevancia de la presencia económica y la coherencia de la estructura con el negocio real. Las autoridades hoy cuestionan esquemas que carecen de sustancia.

Monitoreo de cambios en intercambio de información: la aplicación del CARF y la mejora del intercambio automático (AEOI) implican que transacciones en criptodivisas y cuentas en el exterior pueden ser más visibles para la DNIT en coordinación internacional. Las empresas deben revisar su tratamiento fiscal de activos digitales y remitir documentación cuando proceda.

Coherencia entre tributación local y reportes internacionales: asegure que las prácticas contables y fiscales que sustentan las declaraciones locales se correspondan con la información reportada en cadenas de pago internacionales y en reportes país-por-país si aplica.

Gestión práctica: roles y responsabilidades internas

Consejo o dirección: aprobar la política fiscal y asignar recursos para su implementación.

Responsable de cumplimiento (Tax Compliance Officer): coordina la documentación, controla plazos legales y es el punto de contacto con la DNIT.

Área financiera / contabilidad: asegura integridad de registros y emisión de DTE mediante e-Kuatia’í u otras aplicaciones homologadas.

Asesoría externa especializada: actuar como socio estratégico para revisiones complejas (precios de transferencia, estructuras internacionales, litigios fiscales).

Respuesta ante un procedimiento de fiscalización: pasos recomendados

  • Revisar exhaustivamente el requerimiento administrativo.
  • Reunir la evidencia documental solicitada y resumir los hechos en un informe ejecutivo.
  • Evaluar, con asesoría técnica, la posición tributaria y alternativas de defensa o aclaración.
  • Atender plazos formales; solicitar prórrogas justificadas si es necesario.
  • Mantener comunicación formal documentada con la administración; evitar omisiones o datos contradictorios.

Riesgos emergentes a vigilar en 2026

Intensificación del uso de datos electrónicos por la DNIT para cruces masivos (facturación electrónica, comercio exterior).

Implementación o adhesión progresiva a marcos internacionales sobre criptoactivos (CARF) y cooperación para la identificación de transacciones internacionales de alto valor.

Mayor escrutinio en operaciones con jurisdicciones de baja o nula tributación y en estructuras que reduzcan artificialmente la base imponible.

Optimización de la carga tributaria: eficiencia fiscal dentro del marco legal

La optimización de la carga tributaria consiste en la aplicación estratégica y lícita de la normativa fiscal con el objetivo de reducir el impacto impositivo sobre la actividad económica, sin incurrir en riesgos de incumplimiento ni contingencias futuras. No se trata de evadir impuestos, sino de pagar lo que corresponde, de la forma más eficiente posible, conforme al ordenamiento jurídico vigente.

Este proceso implica un análisis técnico integral de:

  • La estructura societaria.
  • El tipo de actividad desarrollada.
  • El régimen impositivo aplicable.
  • Las operaciones habituales.
  • Las deducciones, créditos fiscales y beneficios previstos en la ley.

Una correcta optimización permite mejorar la rentabilidad, liberar recursos financieros y fortalecer la planificación económica de empresas y profesionales.

En Pasmor Abogados, la optimización fiscal se aborda desde un enfoque preventivo y estratégico, orientado a: Minimizar riesgos tributarios, evitar contingencias por interpretaciones incorrectas, asegurar coherencia entre la realidad económica y la carga impositiva, acompañar la toma de decisiones con respaldo legal sólido, la planificación fiscal eficiente se convierte así en una herramienta esencial para la sostenibilidad económica y la seguridad jurídica a largo plazo.

Pasmor Abogados: liderazgo en asesoría tributaria integral y tax compliance

En Pasmor Abogados ofrecemos un enfoque integral en materia de derecho tributario, planificación fiscal y compliance, acompañando a empresas y profesionales en todas las etapas de su desarrollo.

Nuestros servicios incluyen:

  • Diagnóstico completo de situación fiscal.
  • Implementación de programas de compliance tributario.
  • Planificación fiscal nacional e internacional.
  • Asistencia en fiscalizaciones ante la DNIT.
  • Optimización de la carga tributaria.
  • Defensa administrativa y contencioso-tributaria.
  • Estudios de precios de transferencia.
  • Estrategias de protección patrimonial.

Nuestro compromiso es brindar seguridad jurídica, previsibilidad financiera y respaldo técnico permanente a nuestros clientes.

Operar con solvencia en 2026 exige una gestión fiscal integrada: regulación local, documentación técnica y vigilancia del contexto internacional. La digitalización y la cooperación entre administraciones aumentan la capacidad de control estatal, pero al mismo tiempo ofrecen predictibilidad si la empresa adopta prácticas de cumplimiento claras y documentadas. Una planificación fiscal honesta, basada en razones de negocio, fortalece la posición jurídica y reputacional de la organización.

Fuentes consultadas y de interés:

DNIT — Nota informativa sobre crecimiento de recaudación (noviembre 2025).
DNIT — Ley N.º 7143/2023 (texto): creación de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios. 
DNIT — Ley N.º 6380/2019 (portal y resumen oficial). 
DNIT — E-Kuatia’í (Sistema de Documentos Tributarios Electrónicos). 
OECD — Crypto-Asset Reporting Framework (CARF), Monitoring & Implementation Update (2025). 

Ley N.° 1064 / Industria Maquiladora de Exportación (Paraguay)

 

La Ley N.° 1064 /97 “De la Industria Maquiladora de Exportación” constituye un pilar normativo fundamental para el fomento industrial y exportador en Paraguay. Este régimen legal promueve la instalación y operación de maquiladoras, facilitando procesos productivos que combinan insumos importados con mano de obra nacional con destino a la reexportación. Para empresas, inversionistas y actores del comercio internacional, el conocimiento técnico y detallado de esta ley es estratégico: un adecuado asesoramiento legal puede marcar la diferencia en la estructuración de programas de maquila, importaciones temporales, obligaciones aduaneras y régimen tributario.

Marco normativo y objeto de la Ley

El objetivo principal de la Ley N.° 1064 es incentivar el establecimiento de empresas maquiladoras en Paraguay, regulando las operaciones industriales o de servicios que utilizan insumos extranjeros importados temporalmente para transformarlos y exportar los bienes terminados o mejorados.

La maquila, según el artículo 1°, no solo abarca el ensamblaje, reparación o transformación, sino que también admite servicios orientados al cliente extranjero mediante un contrato de maquila de exportación.

Definiciones clave

Para una aplicación correcta y eficiente del régimen, la ley define varias figuras jurídicas fundamentales:

  • Maquiladora: empresa dedicada a ejecutar un programa de maquila aprobado, ya sea completamente orientada a la exportación o con capacidad ociosa.
  • Programa de maquila: plan detallado que incluye cronograma de producción, importaciones, exportaciones, generación de empleo, porcentaje de valor agregado, mermas, entre otros.
  • Contrato de maquila de exportación: acuerdo entre la maquiladora nacional y una empresa matriz extranjera, pudiendo ésta proveer insumos, tecnología, asistencia técnica, etc.
  • Importación-maquila: entrada temporal de maquinaria, insumos y otros bienes para el cumplimiento del programa, exenta de tributos de importación en ciertos casos.
  • Exportación-maquila y reexportación-maquila: salida de productos transformados al exterior (exportación) o de bienes no transformados importados bajo el régimen (reexportación).
  • Submaquila: cuando parte del proceso productivo es tercerizado a otra empresa maquiladora o no maquiladora, como complemento para luego reintegrar el producto.
  • Programa shelter: modalidad en la que empresas alambricas (“shelter”) facilitan infraestructura, tecnología y soporte técnico para que empresas extranjeras produzcan sin manejar directamente la operación.

Estructura institucional: el CNIME y el Centro Único de Trámites (CUT)

Uno de los elementos más relevantes del régimen es la creación del Consejo Nacional de las Industrias Maquiladoras de Exportación (CNIME). Este organismo tiene una función esencial como ente consultor y regulador, y está integrado por representantes del Ministerio de Industria y Comercio, Ministerio de Hacienda, Banco Central del Paraguay, Secretaría Técnica de Planificación y Ministerio de Relaciones Exteriores.

Procedimiento para la aprobación de los programas de maquila

Para acogerse al régimen, las empresas deben presentar ante el CNIME una solicitud acompañada de un programa de maquila y, preferiblemente, un contrato de maquila con la empresa extranjera correspondiente

Régimen de importaciones y exportaciones

Uno de los grandes atractivos de la Ley 1064 es la importación temporal de bienes sin el pago inmediato de tributos: las maquiladoras pueden importar insumos, materias primas, maquinaria y equipo para su programa de producción.

En cuanto a la exportación, las mercancías elaboradas bajo el programa de maquila deben salir bajo un despacho aduanero especial que incluya la leyenda “exportación-maquila” o “reexportación-maquila”, demostrando el cumplimiento de los requisitos legales.

Obligaciones de las maquiladoras

Las empresas beneficiarias del régimen deben cumplir una serie de obligaciones muy importantes:

  1. Registrar la resolución que aprueba su programa en la Dirección General de Aduanas.
  2. Proveer una garantía financiera a favor de la aduana para asegurar el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la ley.
  3. Ejecutar el programa conforme al cronograma aprobado (importación, producción, exportación), pues el incumplimiento puede derivar en la pérdida de beneficios.
  4. Capacitar al personal nacional que participará en la maquila.
  5. Notificar a las autoridades (Ministerio de Industria y Comercio y Ministerio de Hacienda) en caso de suspensión justificada de actividades, con un plazo máximo de diez días para informar.
  6. Facilitar las inspecciones de autoridades competentes y entregar información periódica al CNIME sobre importaciones, consumo, producción, exportaciones y reexportaciones.
  7. Llevar contabilidad especial y libros rubricados para registrar operaciones maquiladoras, y cumplir con obligaciones fiscales, laborales y municipales pertinentes.

Responsabilidad ambiental y gestión de residuos

La Ley 1064 contempla también un enfoque ambiental: las empresas maquiladoras deben gestionar “mermas” (insumos consumidos naturalmente) y “desperdicios” (residuos del proceso) según las normas vigentes.

Régimen tributario y fiscal

Uno de los incentivos más potentes definidos por la ley es el tributo único del 1 % sobre el valor agregado nacional para las operaciones de maquila.

Este gravamen también se aplica a los contratos de sub-maquila sobre el valor agregado, lo que constituye una carga fiscal competitiva frente a otros regímenes.

Además, la ley establece una exoneración de otros tributos nacionales, departamentales o municipales, incluidos los relacionados con la importación temporal, exportación de los bienes transformados y reexportación

Riesgos y sanciones

El régimen no está exento de riesgos para las maquiladoras: en caso de incumplimiento de sus obligaciones (cronograma, reportes, garantía aduanera, entre otros), se puede suspender temporalmente o cancelar definitivamente el programa aprobado, con la exigencia de pago de gravámenes y sanciones correspondientes.

La reincidencia es especialmente grave: si se incurre nuevamente en una falta previamente sancionada con suspensión, puede derivar en la cancelación definitiva del registro maquilador.

Importancia estratégica para inversionistas y empresas

Desde el punto de vista de inversionistas extranjeros o empresas multinacionales, la Ley 1064 ofrece un marco legal seguro y atractivo para instalar operaciones productivas en Paraguay, gracias a:

  • Un régimen aduanero favorable (importaciones temporales, exoneración de tributos).
  • Un esquema tributario competitivo (impuesto del 1 % sobre valor agregado nacional, exenciones).
  • Un sistema institucional ordenado (CNIME, CUT) para la gestión de permisos y seguimiento.
  • Flexibilidad en los modelos operativos: maquila directa, submaquila, shelter.
  • Posibilidad de exportar con beneficios similares a otros regímenes exportadores.

Sin embargo, aprovechar estos beneficios requiere una planificación legal y fiscal rigurosa, así como cumplimiento estricto de los requisitos operativos y normativos.

Pasmor Abogados, con su profundo conocimiento del derecho corporativo, fiscal e internacional, ofrece un acompañamiento integral para empresas maquiladoras, inversionistas y matrices extranjeras. Nuestro asesoramiento asegura no solo el cumplimiento normativo ante el CNIME, sino también una estructura eficiente que maximice los beneficios legales, minimice riesgos y garantice una operación sostenible y rentable bajo el régimen maquilador paraguayo.

Fuente:

Ley N.º Ley N.° 1064 /97 “De la Industria Maquiladora de Exportación

Cámara de Empresas Maquiladoras del Paraguay CNIME

Biblioteca y archivo Central del Congreso de la Nación BACON

Paraguay se ha consolidado como uno de los destinos más estables y competitivos para la inversión extranjera en América del Sur. Su bajo nivel impositivo, la estabilidad macroeconómica y una legislación abierta a capitales internacionales lo convierten en un entorno atractivo para empresas europeas que buscan expandirse en Latinoamérica.

Sin embargo, el éxito de una inversión en Paraguay depende de comprender con precisión el marco legal, fiscal y operativo del país.

Marco legal para la inversión extranjera

El marco normativo paraguayo garantiza igualdad de trato entre inversores nacionales y extranjeros. La Ley de Inversiones N.º 117/91 y la Constitución Nacional protegen la propiedad privada y la libre repatriación de utilidades.

Los principales instrumentos jurídicos que favorecen la inversión extranjera incluyen:

  • Ley de Maquila (N.º 1064/97): permite producir en Paraguay bienes o servicios destinados a la exportación con un impuesto único del 1 %.
  • Régimen de Zonas Francas: otorga exoneración de tributos y simplificación aduanera.
  • Ley de APP (Asociaciones Público-Privadas): facilita la participación privada en infraestructura, energía y servicios públicos.

Constitución de empresas y estructura societaria

Las sociedades pueden establecerse en Paraguay con rapidez y sin requerir socios locales. Las figuras más utilizadas por las empresas europeas son:

  • Sociedad Anónima (S.A.)
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)
  • Sucursal de sociedad extranjera

Cada modelo ofrece ventajas específicas en materia de responsabilidad, gobernanza y repatriación de capital. La elección de la estructura adecuada depende del tipo de actividad, volumen de inversión y plan de expansión regional.

Aspectos tributarios y aduaneros

Paraguay posee uno de los regímenes fiscales más competitivos de la región, con una carga impositiva promedio del 10 % al 15 %. Los tributos principales son el Impuesto a la Renta Empresarial (IRE), el IVA y el Impuesto a la Renta Personal.

Además, la red de tratados para evitar la doble imposición, en especial con países del Mercosur y de Europa, facilita la planificación fiscal eficiente.
Los proyectos de maquila y las zonas francas ofrecen ventajas adicionales para actividades industriales y logísticas.

Derechos laborales y migratorios

El marco laboral paraguayo establece normas claras de contratación, seguridad social y previsional. Las empresas extranjeras pueden contratar personal local o expatriado, debiendo cumplir con las regulaciones migratorias.
El país dispone de visas temporales y de residencia permanente para inversionistas y trabajadores extranjeros, lo que simplifica la movilidad y permanencia del personal europeo.

Cumplimiento ambiental y social

Paraguay exige el cumplimiento de normas ambientales y de responsabilidad social empresarial. Los proyectos deben contar con licencias y evaluaciones de impacto ambiental. Las autoridades promueven además políticas de sostenibilidad alineadas con los estándares internacionales (ESG).

El cumplimiento de estos requisitos no solo garantiza la legalidad, sino que mejora la percepción de las empresas extranjeras ante socios, comunidades y autoridades.

Contratos internacionales y resolución de disputas

Las operaciones transfronterizas suelen implicar contratos complejos. El marco jurídico paraguayo reconoce la autonomía de la voluntad de las partes y la posibilidad de someter los conflictos a arbitraje internacional.

Paraguay es miembro de la Convención de Nueva York de 1958, lo que garantiza el reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales extranjeros. Esta previsibilidad refuerza la seguridad jurídica para las empresas europeas.

Perspectiva estratégica y proyección regional

Más allá del atractivo fiscal, Paraguay ofrece una posición geográfica privilegiada y acceso libre a los mercados del Mercosur, lo que permite establecer centros logísticos y productivos con alcance regional.

El país combina un entorno económico estable, costos competitivos y una cultura empresarial favorable a la inversión. Las empresas europeas encuentran así un punto de entrada confiable a Sudamérica, con reglas claras y oportunidades de crecimiento sostenible.

Consideraciones finales

Invertir en Paraguay requiere planificación y conocimiento del entorno legal. La elección de la estructura societaria, el régimen fiscal y la estrategia contractual son decisiones que determinan el éxito del proyecto.

El marco jurídico paraguayo ofrece previsibilidad y seguridad, elementos esenciales para empresas europeas que buscan expandirse en un entorno competitivo y estable.
La combinación de incentivos fiscales, estabilidad política y apertura internacional posiciona a Paraguay como un destino estratégico para la inversión responsable y a largo plazo.