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Paraguay ha actualizado el marco jurídico destinado a promover la inversión nacional y extranjera mediante la Ley N.º 7548/2025, que establece un nuevo régimen de incentivos fiscales para la inversión y sustituye el régimen establecido por la Ley N.º 60/90, vigente durante más de tres décadas.

La reforma busca adecuar los mecanismos de promoción de inversiones a las nuevas condiciones de la economía paraguaya, incorporando criterios vinculados con la generación de empleo permanente, la incorporación de tecnología, el desarrollo de proveedores locales y el fortalecimiento de la producción de bienes y servicios dentro del territorio nacional.

De la Ley 60/90 a un nuevo marco de promoción de inversiones

La Ley 60/90 constituyó durante años uno de los principales instrumentos jurídicos para estimular la llegada de capital nacional y extranjero a Paraguay. Su aplicación estuvo orientada principalmente a la adquisición de bienes de capital, materias primas e insumos vinculados con actividades productivas.

El nuevo régimen mantiene la finalidad de promover la inversión, pero introduce una estructura normativa más amplia. La Ley N.º 7548/2025 establece que los incentivos deberán orientarse a proyectos vinculados con los objetivos de desarrollo económico sostenible, incremento de la producción, generación de empleo, incorporación tecnológica e integración de proveedores nacionales.

La sustitución de la Ley 60/90 no implica, sin embargo, la pérdida automática de los beneficios correspondientes a proyectos que ya se encontraban acogidos al régimen anterior. La nueva legislación establece disposiciones específicas para preservar los derechos de los proyectos aprobados antes de su entrada en vigor, bajo las condiciones previstas por la propia normativa.

Nuevos criterios para el acceso a los incentivos fiscales

Uno de los aspectos relevantes del nuevo régimen es la incorporación de una visión más vinculada al impacto económico de las inversiones. La normativa contempla como objetivos la generación y aumento de empleos permanentes, la incorporación de tecnologías que permitan mejorar la eficiencia productiva y la utilización de materias primas, mano de obra y recursos energéticos nacionales.

También adquiere relevancia la integración productiva, especialmente mediante la incorporación de valor agregado nacional y el desarrollo de proveedores locales. De esta manera, el régimen no se limita exclusivamente a considerar el monto de la inversión, sino que incorpora elementos relacionados con la contribución del proyecto al desarrollo de la actividad económica.

La normativa contempla además la promoción de proyectos que incorporen innovación tecnológica, incluyendo inversiones en determinados activos intangibles, como patentes, licencias y software fundamentales para el funcionamiento del negocio, además de otros bienes que impliquen innovación y transferencia tecnológica.

Tratamiento del IVA y del IDU

Entre los principales aspectos tributarios del nuevo régimen se encuentran las disposiciones relativas al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y al Impuesto a los Dividendos y a las Utilidades (IDU).

La Ley N.º 7548/2025 contempla la exoneración del IVA en determinadas operaciones vinculadas con la importación y adquisición de bienes de capital comprendidos en proyectos de inversión aprobados bajo el régimen. También establece un tratamiento específico para la primera enajenación de determinados bienes de capital importados o adquiridos de fabricantes nacionales, cuando la transferencia se realice entre beneficiarios del régimen.

En materia de IDU, la nueva legislación contempla la exoneración sobre dividendos, utilidades y rendimientos generados por proyectos de inversión acogidos al régimen, durante un período de hasta diez años, cuando se cumplan las condiciones establecidas por la ley. Para acceder a este beneficio se establece, entre otros requisitos, un umbral mínimo de inversión, fijado inicialmente en US$ 13 millones, sujeto a los mecanismos de actualización previstos por la normativa.

Este tratamiento representa una modificación relevante respecto del esquema anterior y requiere analizar de manera diferenciada la estructura del proyecto, el origen de la inversión y la naturaleza de las rentas que eventualmente estarán comprendidas dentro del beneficio fiscal.

El fideicomiso de garantía como mecanismo de financiamiento

Otra de las novedades incorporadas por la Ley N.º 7548/2025 es la posibilidad de utilizar una fiducia de garantía respecto de determinados bienes de capital que hayan sido beneficiados por el régimen de incentivos fiscales.

La figura permite que los bienes de capital vinculados al proyecto puedan formar parte de una estructura fiduciaria destinada a respaldar el financiamiento de la inversión. Para ello, se requiere la autorización correspondiente y el cumplimiento de las condiciones establecidas por la legislación y su reglamentación.

El mecanismo también contempla la participación del Estado paraguayo como beneficiario-acreedor, junto con los demás acreedores del proyecto. En determinadas circunstancias, como el incumplimiento de obligaciones financieras o la revocación de los beneficios fiscales, la garantía puede ser ejecutada para recuperar los tributos que originalmente fueron objeto de exoneración.

La incorporación de esta herramienta amplía el marco jurídico disponible para estructurar proyectos de inversión y vincula el régimen de incentivos fiscales con mecanismos de financiamiento y garantía.

Un régimen orientado a la inversión productiva

La nueva legislación mantiene como eje la utilización de los incentivos fiscales como instrumento de promoción de la inversión productiva, pero incorpora una perspectiva más amplia respecto de los resultados que se espera generar mediante los proyectos beneficiados.

La generación de empleo, la incorporación de tecnología, la utilización de recursos nacionales y el desarrollo de proveedores forman parte de los elementos que adquieren relevancia dentro del nuevo marco jurídico.

Asimismo, la normativa incorpora disposiciones específicas para sectores como el turismo y el entretenimiento de gran envergadura, estableciendo determinados beneficios para proyectos que cumplan con los requisitos y niveles de inversión previstos por la ley.

Transición y seguridad jurídica

La sustitución de un régimen con más de treinta años de vigencia plantea la necesidad de analizar cuidadosamente la transición entre la Ley 60/90 y la Ley N.º 7548/2025. La legislación establece reglas particulares para los proyectos que ya habían obtenido beneficios bajo el régimen anterior, así como para determinadas solicitudes de renovación, complementación o transferencia.

En este contexto, la correcta interpretación de las normas de transición resulta especialmente relevante para determinar qué régimen corresponde aplicar a cada proyecto y cuáles son las condiciones que deben cumplirse para conservar o acceder a determinados beneficios fiscales.

Un cambio relevante en el marco tributario de las inversiones

La entrada en vigencia del nuevo régimen representa una modificación significativa dentro del marco jurídico y tributario de las inversiones en Paraguay. La Ley N.º 7548/2025 no se limita a sustituir la Ley 60/90, sino que reorganiza los incentivos fiscales, incorpora nuevos instrumentos y establece condiciones vinculadas con la naturaleza y los objetivos de los proyectos de inversión.

La reglamentación mediante el Decreto N.º 5432/2026 completa el marco operativo para la concesión, ejecución y control de los incentivos, incluyendo aspectos relacionados con el procedimiento de aprobación, las competencias institucionales y la intervención de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios.

El nuevo escenario exige, por tanto, una lectura integral de la normativa aplicable, especialmente en aquellos proyectos que involucren inversión extranjera, adquisición de bienes de capital, financiamiento, beneficios tributarios, transferencia de activos o estructuras fiduciarias.

La transformación digital del sistema tributario en Paraguay ha cambiado drásticamente la relación entre el contribuyente corporativo y la autoridad fiscal. La consolidación de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) unificó el control aduanero y tributario, potenciando el uso de tecnologías de procesamiento masivo de datos. Hoy, las grandes empresas no enfrentan únicamente revisiones presenciales o auditorías puntuales; están expuestas a una fiscalización algorítmica continua y en tiempo real.

Esta evolución operativa significa que el Fisco ya no depende exclusivamente de denuncias o muestreos aleatorios. Mediante el cruce automatizado de información —alimentado por la facturación electrónica (SIFEN), declaraciones juradas, retenciones del sistema financiero y registros de comercio exterior— los sistemas de la DNIT identifican discrepancias en segundos. Para las grandes corporaciones, donde el volumen transaccional es elevado, la menor inconsistencia técnica o contable puede desencadenar notificaciones, bloqueos preventivos de RUC o el inicio de procesos de fiscalización puntual.

Ante esta realidad, la gestión tributaria directiva exige pasar de una postura reactiva a un modelo de control preventivo.

Los focos de riesgo en el cruce automatizado de datos

El algoritmo de la autoridad fiscal trabaja detectando asimetrías entre la información reportada por la empresa y la registrada por sus contrapartes comerciales, entidades financieras o el propio sistema aduanero.

Los principales puntos de fricción e inconsistencias detectados por este tipo de fiscalización incluyen:

Descalce entre SIFEN y Libros IVA/IRE: Diferencias temporales o numéricas entre las facturas electrónicas emitidas o recibidas y los montos consignados en los libros de compras y ventas.

Inconsistencias en retenciones y transferencias: Variaciones entre las retenciones practicadas por terceros (o a terceros) y los saldos declarados en los formularios del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE).

Mapeo de proveedores y riesgo de la cadena: Identificación automática de operaciones realizadas con proveedores calificados con inconsistencias fiscales, lo que genera alertas sobre la deducibilidad de dichos costos o la validez del crédito fiscal IVA.

Divergencias en comercio exterior y valoración: Falta de coincidencia entre los despachos de importación y exportación registrados en el sistema SOFIA y el movimiento inventariado y declarado fiscalmente.

La Pre-Auditoría Fiscal Interna: Estrategia de blindaje corporativo

Para mitigar el impacto de un requerimiento automatizado, las empresas deben adoptar el mismo enfoque que la autoridad tributaria: auditar sus datos con la misma lógica algorítmica antes de que estos lleguen al Fisco.

Una pre-auditoría fiscal interna es un proceso riguroso de revisión preventiva que evalúa tanto la consistencia de los datos como la calidad de los respaldos documentales.

Conciliación analítica y cruce automatizado interno
Consiste en replicar los controles de la DNIT dentro del propio ERP de la empresa. Se deben ejecutar cruces periódicos (mensuales o trimestrales) entre los archivos XML de la facturación electrónica, los libros IVA/IRE y los asientos contables de ingresos y gastos. Identificar y corregir discrepancias operativas antes del cierre del periodo fiscal elimina el riesgo de generar alertas automáticas.

Trazabilidad documental y sustancia económica
La fiscalización moderna no se satisface con la sola existencia de un comprobante válido. La DNIT exige probar la sustancia económica de la operación. Esto requiere que cada gasto o deducción significativa cuente con una trazabilidad documental completa: contratos vigentes, órdenes de compra, entregables, actas de recepción de servicios e informes de gestión. Para grandes volúmenes transaccionales, contar con un repositorio digital centralizado y ordenado es fundamental.

Depuración y monitoreo de la cadena de valor
Dado que el algoritmo evalúa la conducta fiscal de los proveedores, las empresas deben integrar un protocolo de Due Diligence tributario en sus áreas de compras y finanzas. Verificar de forma sistemática el estado de RUC y el perfil de riesgo de los principales proveedores previene contingencias asociadas a la no deducibilidad del gasto.

La fiscalización algorítmica de la DNIT exige una elevación en los estándares de gobernanza fiscal de las grandes empresas. La precisión de los algoritmos oficiales solo puede neutralizarse con un control interno igualmente preciso, estandarizado y oportuno.

Auditar preventivamente los procesos internos no solo evita sanciones directas e intereses punitorios, sino que resguarda el activo más valioso de la corporación: su seguridad jurídica y su reputación institucional.

En un escenario regional marcado por reformas fiscales estructurales, incremento de impuestos directos y una fiscalización cada vez más intensiva, Paraguay mantiene un posicionamiento diferenciado en materia tributaria y corporativa. Este contexto ha llevado a numerosas empresas e inversores a analizar con mayor detenimiento las oportunidades que ofrece el país para estructurar operaciones de forma eficiente, sostenible y jurídicamente segura.

El presente artículo analiza los incentivos fiscales vigentes en Paraguay y su correcta integración dentro de una planificación corporativa moderna, considerando las reformas implementadas en países vecinos, especialmente en el ámbito del Mercosur.

El contexto regional: reformas fiscales y presión tributaria creciente

Durante los últimos años, varios países de la región han avanzado en procesos de reforma tributaria orientados a aumentar la recaudación, ampliando la base imponible y elevando la carga fiscal sobre empresas y patrimonios.

Estas reformas se han traducido, en términos generales, en:

  • Aumento de impuestos directos.
  • Mayores exigencias de transparencia fiscal.
  • Fiscalización digital intensiva.
  • Restricciones a esquemas de planificación agresiva.

En este contexto, la planificación corporativa regional exige hoy un enfoque más técnico, coherente y alineado con la normativa vigente.

Más información: Paraguay 2025: La nueva frontera del cumplimiento tributario. Análisis estratégico de la Ley N° 6380/2019 y la Fiscalización Digital

El sistema tributario paraguayo como factor de competitividad

Paraguay conserva un sistema tributario simple, estable y competitivo, basado en principios de moderación fiscal y previsibilidad normativa. Este enfoque ha sido clave para atraer inversión productiva y estructuras corporativas regionales.

Entre sus principales características se destacan:

  • Impuestos directos con tasas moderadas
  • Reglas claras en materia de determinación de la renta
  • Baja presión fiscal comparada en el ámbito regional
  • Seguridad jurídica en la aplicación de la normativa

Impuesto a la Renta Empresarial (IRE)

El Impuesto a la Renta Empresarial constituye el eje central de la tributación corporativa en Paraguay. Su estructura permite una correcta planificación de operaciones locales e internacionales, siempre que exista sustancia económica y coherencia entre la forma jurídica y la realidad económica.

Incentivos fiscales relevantes para la planificación corporativa

Paraguay ofrece diversos regímenes de incentivo que, correctamente integrados dentro de una estructura corporativa, permiten optimizar la carga fiscal sin comprometer el cumplimiento normativo.

Régimen de Maquila

El Régimen de Maquila se ha consolidado como uno de los instrumentos más atractivos para empresas orientadas a la exportación. Permite desarrollar procesos productivos en Paraguay con una carga fiscal reducida, siempre que se cumplan los requisitos legales y operativos establecidos.

Incentivos a la inversión productiva

La normativa paraguaya contempla beneficios fiscales destinados a fomentar la industrialización, la generación de empleo y la incorporación de valor agregado. Estos incentivos deben ser analizados caso por caso, considerando el tipo de actividad y la estructura societaria utilizada.

Si lo desea puede leer el siguiente artículo: Paraguay y la inversión extranjera: seguridad jurídica, incentivos fiscales y tratados vigentes en 2026

Planificación corporativa: coherencia, sustancia y cumplimiento

La planificación corporativa en Paraguay debe concebirse como un proceso integral que combine eficiencia fiscal, cumplimiento normativo y alineación con estándares internacionales.

En el contexto actual, adquieren especial relevancia los siguientes aspectos:

  • Coherencia entre estructura societaria y operación real.
  • Documentación adecuada de operaciones intragrupo.
  • Evaluación del impacto tributario y aduanero.
  • Gestión preventiva del riesgo fiscal.

La ausencia de estos elementos puede derivar en contingencias significativas ante procesos de fiscalización.

Interacción con el compliance tributario y aduanero

La creciente digitalización de los sistemas de control, especialmente por parte de la DNIT, exige que la planificación corporativa se encuentre respaldada por políticas de compliance tributario y aduanero.

Este enfoque integrado permite identificar riesgos, corregir inconsistencias y anticipar contingencias, tal como se desarrolla en los siguientes artículos relacionados:

Paraguay frente a las reformas fiscales regionales

Mientras otros países del Mercosur avanzan hacia esquemas de mayor presión fiscal, Paraguay mantiene una política orientada a la estabilidad y a la atracción de inversión. Esta diferencia posiciona al país como una jurisdicción estratégica para la estructuración de operaciones regionales, siempre que se respeten los principios de legalidad y transparencia.

La correcta utilización de los incentivos fiscales paraguayos no debe entenderse como una ventaja aislada, sino como parte de una estrategia corporativa integral y sostenible.

El análisis y estructuración de estos esquemas requiere un abordaje integral desde el Derecho Tributario y Fiscal, especialmente en contextos de planificación corporativa y cumplimiento normativo regional.

 

Los incentivos fiscales y el sistema tributario paraguayo continúan siendo un factor clave de competitividad frente a las reformas regionales. No obstante, su aprovechamiento efectivo exige una planificación corporativa técnicamente sólida, alineada con el cumplimiento normativo y sustentada en una adecuada evaluación del riesgo fiscal.

En un entorno de creciente fiscalización y cooperación internacional, la previsibilidad jurídica y la coherencia estructural se consolidan como elementos esenciales para la sostenibilidad de las inversiones y las operaciones empresariales en Paraguay.

Referencias

  • Normativa tributaria vigente de la República del Paraguay
  • Ley de Maquila y disposiciones reglamentarias
  • Estándares regionales de fiscalización y compliance