Ajustes de Valoración Aduanera en la DNIT: Cómo Liberar Importaciones Retenidas mediante el Depósito en Divergencia y el Artículo 290

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Cómo Liberar Importaciones Retenidas mediante el Depósito en Divergencia y el Artículo 290

La creación de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) ha marcado un antes y un después en los mecanismos de control del comercio exterior en Paraguay. Al unificar las estructuras de la antigua Dirección General de Aduanas y la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), el fisco ha potenciado de forma sustancial su capacidad de fiscalización mediante el cruce de información contable, fiscal y aduanera.

En este escenario de control inteligente, uno de los puntos de mayor fricción y riesgo financiero para las empresas importadoras son las discrepancias o ajustes de valoración aduanera determinados en las terminales de ingreso. Cuando los fiscalizadores de la DNIT detectan indicios de supuesta subvaloración o diferencias de criterio técnico en la clasificación y valor de transacción de las mercaderías, la consecuencia inmediata suele ser la retención de la carga en puerto. Para un importador corporativo, esta parálisis de la mercadería desencadena elevados costos de almacenaje y, fundamentalmente, la ruptura de la cadena de suministro nacional.

Ante esta contingencia operativa de urgencia, el marco normativo paraguayo ofrece una herramienta jurídica idónea para destrabar el flujo logístico de inmediato sin necesidad de aceptar la liquidación fiscal: el depósito en divergencia regulado por el Artículo 290 del Código Aduanero (Ley N.º 2422). Este mecanismo permite al importador constituir una garantía suficiente para liberar las mercaderías del recinto portuario de forma casi inmediata, trasladando la disputa legal de valoración aduanera a un expediente administrativo que se tramita en paralelo.

La Inteligencia de Datos de la DNIT y el Origen de los Ajustes de Valor

Tradicionalmente, las auditorías en frontera se limitaban a controles físicos aleatorios o de carácter documental. En la actualidad, el sistema de fiscalización aduanera digital de la DNIT procesa de forma cruzada y algorítmica las bases de datos de comercio exterior frente a las facturas electrónicas emitidas a través del Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional (SIFEN). Bajo esta lógica de control cruzado, cualquier desviación entre el valor unitario declarado para la importación y los precios históricos registrados en el sistema de valoración de la aduana, o las discrepancias entre la mercadería nacionalizada y las ventas reportadas en los libros contables, dispara alertas automáticas de fiscalización.

Las diferencias de pareceres más frecuentes se centran en la desestimación del valor de transacción pactado con los proveedores internacionales y la aplicación unilateral de métodos de valoración secundarios por parte de los técnicos aduaneros, lo que suele derivar en una reliquidación de tributos a más. Para salvaguardar la viabilidad de la operación, las empresas deben conocer que este tipo de disputas no requiere la paralización forzada de sus activos ni la aceptación de cargos fiscales que consideren improcedentes, siempre que utilicen de forma ágil el recurso preventivo de la garantía.

El Depósito en Divergencia bajo el Artículo 290 del Código Aduanero

El Artículo 290 del Código Aduanero paraguayo es la base legal que faculta la sustitución transitoria de la obligación tributaria en controversia por un instrumento de garantía. Este artículo estipula de forma explícita que, ante discrepancias técnicas sobre el valor imponible de la carga o sobre los gravámenes aplicables, el declarante puede solicitar el retiro de la mercadería constituyendo una garantía suficiente para precautelar los intereses fiscales del Estado ante un eventual incumplimiento o fallo de la administración.

La constitución de un depósito en divergencia genera efectos de gran relevancia para la empresa:

  • Continuidad de la Cadena de Suministro: Evita la retención prolongada de materias primas o productos terminados en los puertos, previniendo penalizaciones comerciales por demoras con clientes locales.
  • Suspensión del Pago Inmediato del Ajuste: Permite diferir el desembolso de los tributos exigidos por aduanas mientras los asesores legales rebaten la valoración de fondo del fiscalizador.
  • Traslado de la Controversia: El litigio se formaliza ante las dependencias jurídicas de la DNIT sin que el activo físico actúe como rehén del procedimiento administrativo.

Tipos de Garantías y Coberturas Exigidas por el Servicio Aduanero

El Código Aduanero, en su Artículo 293, establece de manera limitativa los modos en que los importadores pueden formalizar esta garantía ante el Servicio Aduanero para obtener la liberación del cargamento. Los instrumentos autorizados incluyen:

  • Depósito de dinero en efectivo: El cual se realiza en cuentas oficiales habilitadas por la aduana, siendo el método de resolución más costoso desde la perspectiva de la liquidez de caja de la sociedad.
  • Garantía bancaria: Instrumentada mediante un aval a primera demanda emitido por una entidad financiera de plaza.
  • Póliza de seguro de caución: Es el vehículo de mayor uso en el comercio corporativo paraguayo por su excelente relación de costo-beneficio, permitiendo a la firma obtener la liberación aduanera sin inmovilizar capital de trabajo. No obstante, es crítico destacar que no todas las compañías aseguradoras están debidamente habilitadas o autorizadas para operar ante la Dirección Nacional de Aduanas.

Respecto al alcance del instrumento de caución, el Artículo 296 establece reglas muy estrictas de cumplimiento. La garantía aduanera debe cubrir no solo la diferencia entre el tributo declarado por el importador y el liquidado de oficio por el aduanero, sino que, en los casos en que corresponda, debe responder por el valor total de las mercaderías en aduana y las eventuales sanciones pecuniarias o multas administrativas derivadas de la supuesta infracción de defraudación. Además, la ley estipula expresamente que la garantía devengará intereses moratorios calculados de forma general a favor del fisco si el fallo final del sumario resulta adverso para el importador.

Gobernanza Corporativa y Defensa Fiscal Preventiva en Comercio Exterior

La liberación física del contenedor mediante el depósito en divergencia es solo la primera fase de una estrategia de defensa legal integral. En Paraguay, la formalización de sumarios de valoración aduanera exige un análisis técnico de alta especialización. La DNIT cruza la documentación del despacho con las transacciones bancarias, el pago a los proveedores a través del mercado de cambios, los fletes internacionales y los registros de contabilidad analítica interna para determinar si existió una manipulación del valor de compra.

Nuestro despacho asesora a corporaciones nacionales y multinacionales en la estructuración de protocolos de compliance aduanero y defensa fiscal preventiva, enfocándose en los siguientes ejes operativos:

  • Constitución de Garantías Robustas: Redacción de las pólizas de caución y negociación con aseguradoras habilitadas para asegurar el cumplimiento exacto de los términos exigidos, previniendo el rechazo administrativo de la garantía o exigencias imprevistas de complementación de fondos.
  • Estrategia de Prueba en Sumarios de Valor: Reconstrucción técnica de la trazabilidad del precio de transacción mediante la preparación y presentación formal de facturas de origen, contratos comerciales de suministro, créditos documentarios bancarios, cartas de crédito y peritajes sobre valores de mercado.
  • Análisis Integrado de Responsabilidad Societaria: Evaluamos el impacto de las disputas aduaneras en la estructura de gobernanza de la compañía, asesorando sobre las contingencias de los socios directores según el alcance establecido en la responsabilidad tributaria de administradores y socios en Paraguay.
  • Monitoreo y Prevención Digital: Adecuamos el flujo operativo de importación de la empresa para alinearla con los crecientes requerimientos del sistema registral integrado de la DNIT y los nuevos estándares del RUN y SIGRE en Paraguay, neutralizando las alertas de desajustes de datos antes de que se formalice el despacho en frontera.

El dinamismo del comercio internacional en el Paraguay moderno no admite demoras administrativas ni parálisis logísticas que puedan comprometer la viabilidad financiera de las empresas importadoras. Ante las fiscalizaciones y los ajustes de valoración emitidos de manera sistemática por la DNIT, el Artículo 290 del Código Aduanero se erige como un verdadero escudo operativo de subsistencia corporativa. No obstante, la efectividad del depósito en divergencia reside en la rigurosidad legal y documental con la que se plantee la garantía y en la solidez probatoria del sumario de valoración aduanera subsiguiente. La anticipación estratégica y la debida diligencia legal desde las fases operativas tempranas constituyen la única vía real para conjugar la eficiencia logística con la seguridad fiscal de la organización en Paraguay.