Régimen de Zonas Francas en Paraguay: Incentivos y marco legal para empresas de exportación
En las últimas décadas, Paraguay se ha consolidado como un destino clave para la radicación de capitales e inversión extranjera directa en la región. Dentro del marco de incentivos que ofrece el país, las Zonas Francas (Ley N.º 523/95) representan una de las plataformas industriales, comerciales y de servicios con mayor competitividad fiscal en América del Sur.
Este régimen legal proporciona previsibilidad y seguridad jurídica a las empresas orientadas a mercados globales, permitiéndoles optimizar costos operativos y cargas tributarias bajo un esquema regulatorio eficiente.
Ventajas impositivas y beneficios de la Ley N.º 523/95
El mayor atractivo de las Zonas Francas en Paraguay radica en su exención tributaria sustancial, estructurada para potenciar el comercio exterior y la exportación de servicios:
Exoneración tributaria total en importaciones: Ingreso libre de todo tributo, arancel aduanero o gravamen a la importación de bienes de capital, maquinarias, materias primas, insumos y repuestos destinados al desarrollo de la actividad en la zona.
Impuesto a la Zona Franca del 0,5%: Las empresas usuarias abonan un tributo único y fijo del 0,5% sobre los ingresos brutos derivados de sus ventas directas al exterior.
Exención de impuestos nacionales: Las sociedades operadoras y usuarias están exentas del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por sus operaciones de exportación.
Libre remesa de utilidades: Exoneración total de impuestos a las transferencias de dividendos y utilidades enviadas a la matriz o socios en el extranjero.
Reglas de cumplimiento según el tipo de actividad
La normativa prevé la instalación de tres tipos principales de empresas en las concesiones autorizadas del país, sujetas a directrices operativas específicas:
Empresas Industriales: Enfocadas en la manufactura, procesamiento, ensamblaje o transformación de bienes destinados exclusivamente a la exportación.
Empresas Comerciales: Dedicadas al almacenamiento, selección, clasificación, manipulación y redistribución de mercaderías sin alterar su naturaleza.
Empresas de Servicios Internacionales: Diseñadas para la prestación de servicios financieros, informáticos, logísticos o de procesos de negocio (BPO) dirigidos a clientes domiciliados en el exterior.
La legislación habilita la introducción de bienes o servicios procesados en zona franca al territorio aduanero nacional, en cuyo caso la operación estará sujeta a la liquidación de los aranceles de importación y tributos correspondientes (IRE e IVA).
Requisitos contractuales y licencias de operación
Para constituirse como usuario y acceder a estos incentivos fiscales, las compañías deben agotar un procedimiento de autorización ante el Consejo de Zonas Francas, organismo interinstitucional regulador:
- Firma del Contrato de Usuario: Suscripción del acuerdo operativo con la empresa concesionaria de la zona franca elegida.
- Presentación del Proyecto de Inversión: Elaboración e ingreso formal del plan de negocios detallando montos de inversión, creación de empleo y transferencias tecnológicas.
- Licencia de Operación: Emisión de la resolución ejecutiva que habilita el estatus formal de empresa usuaria.
- Cumplimiento normativo y ambiental: Adecuación estricta a las normativas laborales paraguayas, de seguridad social (IPS) y licencias ambientales requeridas según la naturaleza del proyecto.
En definitiva, la Ley N.º 523/95 articula una estructura normativa eficiente que equilibra la competitividad tributaria con el cumplimiento regulatorio, posicionando a Paraguay como una plataforma logística e industrial estratégica en la región.








